El Pleno del Tribunal Constitucional dejó al voto la demanda competencial por la causal de vacancia presidencial presentada por el Poder Ejecutivo durante el primer proceso de destitución contra Martín Vizcarra. Luego de escuchar a las partes (parte demandante, parte demandada) y abogados amicus curiae, la presidenta del TC y ponente del caso, Marianella Ledesma, anunció que la causa será resuelta.
Entre los amicus curiae estuvieron los abogados Patricia Donayre, Natale Amprimo, Juan Carlos Ruiz del Instituto de Defensa Legal, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el abogado César Landa de la Clínica de Derecho de la PUCP.
Fuentes consultadas por La Mula confirmaron que el máximo organismo constitucional sesionará este jueves desde las 9 de la mañana para iniciar la deliberación y votar sobre la demanda competencial contra la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.
Durante la audiencia de este miércoles, los magistrados escucharon los alegatos de los procuradores del Poder Ejecutivo y del Congreso de la República. El procurador Luis Huerta, representante del Poder Ejecutivo, señaló que el proceso de vacancia presidencial llevado a cabo por el Parlamento «fue indebido e inconstitucional» e hizo un llamado al máximo intérprete de la Constitución a tomar medidas «a efectos de establecer medidas de reparación«.
El representante del Ministerio de Justicia pidió a los siete magistrados que determinen un alcance legal sobre lo que representa la incapacidad moral permanente para que se evite en el futuro que la vacancia presidencial «sea usada de forma arbitraria como mecanismo de control político o de sanción para dar por concluido de forma anticipada un mandato presidencial».
Asimismo, manifestó que el Congreso hizo un uso «abusivo y arbitral» de la vacancia presidencial y dio por terminado el gobierno de Martín Vizcarra, el cual debía culminar en julio del 2021. No obstante, señaló que, pese a que la justicia constitucional no pudo evitar esta situación, esto no impide que se emita una sentencia que establezca criterios que aclaren este tipo de interpretaciones.
«Esto no impide que en la sentencia a emitirse se establezcan criterios sobre el uso de la vacancia presidencial del Congreso a efectos de establecer medidas de reparación que correspondan ante una manifiesta y clarísima situación que podemos calificar como manifiesta y abierta violación a la Constitución», preció.
«El Congreso lo que ha buscado mediante el uso de esta competencia (vacancia) ha sido evitar que el presidente pueda dirigir la política general del Gobierno durante el periodo por el cual fue elegido por mandato popular, convirtiendo a la vacancia presidencial en un mecanismo de control político, en un mecanismo de sanción», añadió Huerta.
Al ser consultado sobre por qué no presentaron una nueva medida cautelar, Huerta respondió que hay muchos magistrados que se han pronunciado al respecto. En esa línea explicó que en la primera medida cautelar fue resuelta el 9 o el 10 de setiembre cuando la vacancia fue el 11. Asimismo, el procurado reclamó al TC que hayan pasado 20 días para notificar al Congreso.
Por su parte, Manuel Peña Cabrera, procurador del Parlamento, consideró que la demanda debe ser declarada improcedente porque este conflicto ya no existe debido a que el primer pedido de vacancia presidencial contra Martín Vizcarra -por el caso Richard Swing- fue desestimado por el Parlamento.
«El procedimiento de vacancia presidencial constituye un ejercicio regular de una competencia del Congreso de la República. En consecuencia, ese no es susceptible de menoscavar ninguna competencia propia del Poder Ejecutivo, porque el Congreso ha actuado conforme a la normatividad que establece la Constitución y su reglamento», señaló.
Añadió que la demanda se interpuso por el primer pedido de vacancia contra el expresidente Martín Vizcarra, en setiembre pasado, pero que la moción no fue aprobada en el Pleno por lo que ya no existe el objeto de conflicto qué solucionar. En ese sentido, resaltó que el Parlamento siguió todos los procedimientos contemplados en su reglamento para llevar adelante la moción de vacancia, por lo que no habría incumplido ninguna norma.
Peña recordó que actualmente ya existe un nuevo jefe de Estado Francisco Sagasti, quien juramentó al cargo tras la renuncia de Manuel Merino el pasado 15 de noviembre, por lo que ya el Congreso resolvió la controversia. En todo caso, el procurador del Legislativo solicitó, en el escenario que el TC decida declarar fundada la demanda, que “se establezca su aplicación a futuro”, debido a que no se interpuso ninguna medida para el segundo proceso.